< Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos Artículo 83 Quáter México


Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 83 Quáter.

A la persona que, sin autorización posea, porte o transporte municiones o cartuchos en cantidades mayores a las establecidas en el artículo 50 de esta Ley, se le sancionará con:

I.-Prisión de uno a cuatro años y multa de diez a cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, si se trata de las armas comprendidas en los artículos 9o., 10 y 11 incisos a) y b) de esta Ley, y

II.-Prisión de cuatro a siete años y multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, si se trata de las armas comprendidas en los restantes incisos del artículo 11 de esta Ley.



México Artículo 83 Quáter Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 1o ...83 Bis 83 Ter 83 Quáter 83 Quinquies 83 Sexies ...92
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?



Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?



en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años



Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable



como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse